Las operaciones triangulares son aquellas en las que intervienen tres empresas. En el caso de las operaciones triangulares extracomunitarias, hay dos empresas que forman parte de la Unión Europea y una que está en un país de fuera de la comunidad europea.

¿Quién interviene en las operaciones triangulares extracomunitarias?

Habitualmente, los tres actores que forman parte de una operación triangular extracomunitaria, y que explicamos a través de un ejemplo.

  1. Fabricante o proveedor. Suele ser el primer proveedor, por ejemplo, un fabricante de juguetes en China.
  2. Intermediario. Una empresa que se dedica a importar los juguetes de China, y venderlos a países de la Unión Europea.
  3. Comprador o importador. Otra empresa que distribuye estos juguetes chinos.

 Otro ejemplo claro de operación triangular extracomunitaria sería hacer envíos a Canarias o Gibraltar directos desde fábrica.

¿Cómo se consideran estas operaciones para el intermediario?

Las dudas suelen surgir cuando hay que reportar a nivel contable este tipo de operaciones. ¿Cuándo están exentas y cuándo hay que pagar impuestos sobre ellas? Vamos a resolver todas estas dudas a lo largo del artículo.

La compra al proveedor, para el intermediario

Para el intermediario, la compra al proveedor queda exenta. La razón es porque no hay transporte a España, y se destina a exportación.

La venta a cliente de un tercer país, para el intermediario

De igual manera, la venta a un cliente de la zona, o de un país tercero, estará exenta porque se destina a exportación.

Las operaciones triangulares extracomunitarias, ¿cómo se registran en contabilidad?

Para el intermediario, la compra se contabiliza a través de una factura por el total pactado, sin IVA y se considera como no sujeta.  

En el caso de la venta, para el intermediario, se considera una exportación, y por lo tanto, está también exenta de IVA.

Las facturas, por lo tanto, se emiten sin IVA, y se contabilizan por su importe total, una vez restado cualquier impuesto al que haya que hacer frente en el país de destino (siempre y cuando por el INCOTERM pactado haya que hacerse cargo del despacho en la aduana de entrada o DDP).

¿Cómo registrar fiscalmente una operación triangular extracomunitaria?

Cómo siempre, tenemos que distinguir la compra y la venta. En el caso de la compra, para el intermediario, se trata de una operación no sujeta, que se marca en la casilla 38.

Para la venta, desde el punto de vista del intermediario también, se tiene que consignar como una venta por exportación, en la casilla 14 de exportaciones. En el caso de las islas Canarias, la casilla es la 15, de Exportaciones a Canarias.

¿Qué casillas hay que marcar en los modelos de impuestos?

Para el intermediario, la compra no se declara ni en el modelo 303, ni en el 349. Se declara a final de año como operaciones de compra no sujetas.

Por otro lado, el intermediario debe consignar la venta en la casilla 60 del modelo 303.

¿Qué documentos necesita la empresa en las operaciones extracomunitarias triangulares?

Importación y exportación por vías marítimas

Si la mercancía que se exporta viene por vía marítima, es necesario tener como justificación dobles B/L (o Bill of Lading). Estos B/L son documentos propios del transporte marítimo que se utilizan en el marco de los contratos de transporte de mercancías.

El primer B/L necesario será el de exportador a intermediario, y el segundo será el de intermediario a destinatario final.

El  DUA de exportación

Este documento DUA (Documento Único Administrativo) es un documento en soporte papel que hay que presentar a las autoridades de la Aduana. Aporta información sobre el producto que se importa o exporta, y sirve como base para la declaración tributaria. Es imprescindible y debe acompañar de forma obligatoria todas las mercancías para cumplir con las normativas de aduanas de la Unión Europea.

El DUA de importación

Si la importación se hace a través de BCN Bonded, es obligatorio. En casos en los que la importación la hace el cliente final, es recomendable.

El INCOTERM y el transporte en las operaciones extracomunitarias

En este tipo de operaciones extracomunitarias, el transporte tiene que hacerlo o bien el vendedor, o bien el intermediario. En caso de que se hiciera por parte del cliente final, podría suponer un traslado de la operación a origen.  

En estos casos, los INCOTERMS y las condiciones a tener en cuenta serán: 

  • No vender por debajo de FCA (Free Carrier) puerto de salida.
  • No comprar por encima de DAP (Delivery At Place).
  • Evitar, en el caso del intermediario, comprar en CIF y vender en CIF, ya que para el seguro es necesario tener el valor de la mercancía, y el cliente final puede, por lo tanto, saber a qué precio se ha comprado.
  • En caso de vender en INCOTERM CIF, mejor comprar en CFR o CPT.

Las operaciones triangulares extracomunitarias pueden ser complicadas de gestionar. Hay que tener en cuenta su registro contable, su forma correcta de registrarlas fiscalmente, y toda la documentación necesaria en la importación y la exportación en el caso del intermediario.

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